I

REGLAMENTO PARA CURSOS

El presente Reglamento se aplicará a todos los participantes de los Cursos sean estos abiertos, cerrados o de la modalidad E-Learning, impartidos por El Programa de Desarrollo Gerencial del Departamento de Administración de la Facultad de Economía y Negocios de la Universidad de Chile, en adelante, “el Programa de Extensión” o “el Programa”.

Cualquier problema de interpretación que plantee la aplicación del presente Reglamento, será resuelto por el Director del Centro de Extensión.


I. DEL COMITE ACADEMICO Y DEL DIRECTOR ACADEMICO


1. El Comité Académico de cada Curso se encuentra integrado por el Director del Programa de Extensión y el Director del Area de conocimiento a la que pertenece el Curso respectivo.

2. El Comité Académico es quien fija las políticas relativas a: contenidos, evaluación, duración del Curso, asignación de relatores, y en general, todas las políticas globales del funcionamiento de cada Curso.

3. El Director Académico es responsable de implementar las políticas definidas por el Comité Académico, resolver solicitudes presentadas por los alumnos, velar por el adecuado funcionamiento del Curso y coordinar a los relatores del Programa.

II

II. DE LA OBTENCION DEL DIPLOMA Y APROBACIÓN DE CURSOS.

Los participantes que sean aprobados en todos los módulos, cumplan con los requisitos mínimos de asistencia exigidos y se encuentren al día con todas sus obligaciones de pago para con la Universidad de Chile y el Programa de Extensión, recibirán el Diploma y o el Certificado de aprobación correspondiente, otorgado por el Programa de Desarrollo Gerencial, del Departamento de Administración de la Facultad de Economía y Negocios de la Universidad de Chile.

 

III

III. DE LAS EVALUACIONES, ASISTENCIA Y REPROBACIONES

1. El Director del Area de Conocimiento a la que pertenece cada Curso, definirá junto con los profesores correspondientes, el sistema de evaluación de cada módulo, dependiendo de las características propias de ellas.

2. Las evaluaciones para calificar el rendimiento de los alumnos, cualquiera sea su forma, número o importancia relativa, se expresarán en escala de 1,0 a 7,0 con un sólo decimal.

3. Para la aprobación del Curso, los participantes deberán cumplir con un mínimo de 75% de asistencia del total de las sesiones.

Quedará a criterio de cada profesor la posibilidad de evaluar a los alumnos con una nota de participación y asistencia.

4. Las inasistencias a los módulos se considerarán ausencias.


5. La asistencia será controlada por la Secretaria del Curso cada día, al inicio de cada módulo.

6. Se considerará reprobado a aquel participante que obtenga una nota final inferior a 4,0 (cuatro coma cero).

7. No podrán rendir Evaluaciones, aquellos alumnos que tengan cheques protestados, para el caso de que hubiere documentado el arancel correspondiente del Curso, o bien no se encuentren al día en sus obligaciones de pago para con la Universidad y en especial el Programa.

8. El no cumplimiento del punto anterior, el alumno no podrá continuar como alumno del Curso, hasta solucionar su deuda para con la Universidad y o el Prpgrama.

9. Finalmente, será obligación de todos los alumnos que cursen cualquier Curso, contestar y entregar Evaluación Docente (cuestionario) que el Centro entrega al finalizar cada curso. El incumplimiento de esta obligación hará incurrir al alumno en falta y no podrá obtener el Diploma o certificado respectivo hasta que de cabal cumplimiento a dicha obligación.

 

IV

IV. DE LAS POSTERGACIONES DE EXIGENCIAS ACADEMICAS

1. Los alumnos podrán en forma excepcional y por una sola vez, solicitar la postergación de sus exigencias académicas, en las siguientes circunstancias:

a) Enfermedades.

b) Viajes fuera de la plaza, por exigencias de trabajo.

2. El Director del Area de conocimiento a la que pertenece el curso se reserva el derecho exclusivo de autorización.

3. Los motivos para la postergación de exigencias académicas deberán ser oportuna y debidamente certificadas, teniendo un plazo máximo de dos días hábiles, después de iniciado el programa para la presentación de los documentos respectivos a la Coordinadora del Curso. El incumplimiento de esta norma significa la calificación con nota mínima 1,0 (uno coma cero).

4. Los participantes que por razones de viajes fuera de la plaza, por exigencias de trabajo se vean impedidos de asistir a las pruebas, controles, presentaciones y entrega de casos y en general a cualquier tipo de evaluación, tendrán un plazo máximo de 7 días corridos a contar de la fecha de la exigencia postergada, para rendir dicha evaluación.

En todo caso las inasistencias a evaluaciones deben ser justificadas a través de:

Certificado médico en caso de enfermedad o cualquier tipo de problema de salud o, certificado emitido por la jefatura directa en caso de cualquier tipo de problema laboral.

Ambos documentos deben ser presentados en original.

5. Cualquier otro caso especial, no comprendido en los números anteriores será
resuelto por el Comité Académico, caso a caso.


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V. DISPOSICIONES GENERALES

1. El resultado de las calificaciones y asistencia serán comunicados vía correo electrónico al alumno al finalizar el curso y posteriormente se emitirá un informe que será entregado junto al certificado de aprobación. Dichos informes son confidenciales, pero estarán a disposición de las empresas patrocinadoras cundo éstas lo soliciten.

2. Los participantes podrán solicitar un certificado de notas que acredite la calificación obtenida en el Curso.

3. El Programa, facilitará a sus alumnos, en la medida de lo posible, toda la infraestructura, que de acuerdo al Régimen interno Universitario le ha sido asignado al Programa de Extensión, para facilitar su aprendizaje y estadía en la Unidad, como salas de clases, bibliografía, salones de recreo, etcétera, pero siempre sujeto a la disponibilidad de los mismos, por lo que no constituye una obligación de la Universidad de Chile ni del Programa de Extensión que estos se encuentren a disposición de los alumnos en forma permanente. Asimismo, el uso de la biblioteca de la Facultad de Economía y Negocios de la Universidad de Chile, está exclusivamente destinada a los alumnos de pre y post grado de dicha facultad, por lo que los alumnos de los Cursos no tienen derecho a hacer uso de ésta, salvo autorización expresa al Director del Programa de Extensión.

4. Será pre requisito para la obtención y entrega del Diploma y o certificado correspondiente, que el alumno se encuentre al día con todas sus obligaciones de pago contraídas para con el Programa de Desarrollo Gerencial del Departamento de Administración de la Facultad de Economía y Negocios de la Universidad de Chile. No obstante lo anterior, el alumno que se encuentre en una situación excepcionalísima, así calificada exclusivamente, a su solo criterio y arbitrio por el Director del Programa, podrá presentar una solicitud a fin de repactar sus obligaciones de pago para con  el Programa. En estos casos, cada solicitud será analizada caso a caso por el Director de la Unidad y la resolución que la acepta o rechace, será inapelable. Finalmente, los alumnos que hayan repactado sus obligaciones de pago para con la Unidad, sólo obtendrán, y se les hará entrega del Diploma correspondiente una vez que hayan pagado la totalidad del valor del Curso.

 

VI

VI. DE LA DISCIPLINA DE LOS ALUMNOS

Existirá un Comité de Ética y Disciplina, el que estará compuesto por un representante del Departamento de Administración, el que será designado por el Director del Departamento, el Director del Programa de Extensión y un Director Académico, éste último designado por el Director  del Programa de Extensión.

Todos los alumnos del Programa de Extensión están obligados a mantener un comportamiento acorde con los principios y fines de la Universidad, lo que implica que todo alumno debe obrar de buena fe y observar una conducta leal y respetuosa, tanto en relación con la Universidad como con los alumnos, profesores y personal de la Universidad.

Son deberes de los alumnos:

  • Respetar a todos los integrantes de la comunidad universitaria
  • Preservar el prestigio integral de la Universidad
  • Tener un comportamiento decoroso y honorable dentro de los recintos de la Universidad
  • Completar y entregar a la Coordinadora del Curso, la Evaluación Docente (cuestionario) correspondiente al finalizar el curso

Serán consideradas faltas gravísimas:

  • Promover situaciones que provoquen una alteración normal del desarrollo de las actividades académicas, cualquiera que estas sean.
  • Expresarse en forma injuriosa o impropia de cualquier miembro de la Comunidad Universitaria
  • Emitir opiniones que inciten a la indisciplina, contra los profesores y demás miembros que forma parte de la Unidad de Extensión.
  • El hostigamiento en cualquier forma y clase a cualquier compañero, profesor, o personal de la Universidad.
  • Emplear, procurarse o facilitar información u otros medios destinados a perturbar o impedir una correcta evaluación académica, sea por actos anteriores, simultáneos o posteriores al desarrollo de interrogaciones orales o escritas, o con motivo de la realización o presentación de informes, investigaciones o trabajos escritos de cualquier índole.
  • Utilizar para fines no autorizados o proporcionar a otras personas, sean naturales o jurídicas, información o documentos de la Universidad o de cualquiera otra persona o entidad que los hubiere proporcionado para la elaboración de trabajos, informes o consultorías.
  • Adulterar, ocultar, destruir o dañar en cualquier forma documentos de la Universidad.
  • Presentar documentos falsos o adulterados a los profesores o a las autoridades universitarias.
  • Encontrarse en estado de ebriedad o bajo la influencia de sustancias del alcohol o estupefacientes o psicotrópicas en recintos de la Universidad o en lugares donde ésta realice cualquiera de sus actividades. Se incluye el porte y o consumo de dichas sustancias en algún recinto de la Universidad o lugar en que se realice alguna actividad de la Universidad.
  • Toda agresión, verbal, física o sicológica contra alguna autoridad de la Universidad, profesores y personal de la misma.
  • La comisión de algún crimen o simple delito o falta al interior de algún recinto de la Universidad.

El incumplimiento de los deberes indicados precedentemente, dará lugar a una investigación breve y sumaria, a cargo de un Fiscal, que será algún profesor del Programa de Extensión, el que será designado por su Director, que tendrá por objeto establecer los hechos, sus circunstancias, participación del o los alumnos y la sanción que corresponda. El procedimiento será el que determine el Fiscal y este deberá procurar escuchar a todas las partes, testigos y medios que estime conveniente para llegar a un pleno conocimiento de los hechos y circunstancias. Mientras dure la investigación, el Director de la Unidad podrá, a su sólo criterio, decretar la suspensión provisional e inmediata de él o los alumnos involucrados, mientras se desarrolla la investigación.

Una vez culminada la investigación del Fiscal, éste emitirá un informe al Comité de Ética y Disciplina con las conclusiones a las que arribó y su recomendación, la que en ningún caso será vinculante para el referido Comité. Sin perjuicio de la investigación del Fiscal, el Comité de Ética y Disciplina podrá ordenar nuevas diligencias, a fin de esclarecer cualquier punto dudoso o bien confirmar antecedentes o datos de la investigación. Una vez realizado estas nuevas diligencias, si fueren procedentes, el Comité de Ética y Disciplina, emitirá su fallo, el que será inapelable.

Las sanciones podrán ser:

  • Amonestación Verbal.
  • Amonestación Escrita.
  • Expulsión del Curso.

La interposición de dos sanciones de cualquier naturaleza a un mismo alumno mientras dure un Curso, significará la expulsión inmediata del alumno del Curso. La expulsión del alumno no lo exime en caso alguno del pago de la totalidad del Curso.

No obstante todo lo dispuesto en el presente Reglamento, el quebrantamiento flagrante de la buena fe en cualquier evaluación de estudios, será sancionada por el profesor o ayudante que la haya observado y en estos casos, podrá imponer la nota mínima de la escala de calificaciones e informar por escrito al Director Académico del Curso, quien según la gravedad de los hechos informará al Comité de Ética y Disciplina, para ver la procedencia de la investigación correspondiente y aplicación de cualquiera de las sanciones señaladas precedentemente.

El presente Reglamento se encuentra protocolizado en la Notaria de Santiago de don René Benavente Cash, con fecha ____ de ________ de 2009, bajo el número de repertorio ____________, y publicado además en el sitio web www.unegocios.cl

 

 

* se han omitido acentos para facilitar compatibilidad con buscadores.

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Universidad de Chile
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